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Junta Electoral General

Articulo 201 de los  Estatutos de la UAB

201.1 La Junta Electoral General está formada por cinco miembros y sus respectivos suplentes: el secretario general, que es miembro nato y la preside, y un profesor funcionario, un profesor contratado, un estudiante y un miembro del personal de administración y servicios elegidos por el Consejo de Gobierno por un período de cuatro años. Uno de los profesores debe pertenecer al ámbito del Derecho o la Ciencia Política.

201.2 Corresponde a la Junta Electoral General de la Universidad:

  1. Aplicar las normas electorals.
  2. Interpretar las normas por las que se rigen los procesos electorals.
  3. Dirigir y coordinar la actuación de las juntas electorales de facultad o escuela.
  4. Proclamar la lista definitiva de los candidatos en las elecciones de >rector, de Claustro y de Consejo de Gobierno, así como los resultados definitivos de la elección y los candidatos electos.
  5. Resolver las reclamaciones o impugnaciones sobre cualquier asunto relativo al proceso oa los resultados electorales en un plazo máximo de diez días.

Composició actual

Presidenta (Secretaria general):

Titular: Esther Zapater Duque, secretaria general

Suplente: Pedro de Alcántara-García Briones, secretario general adjunto

Secretario / secretaria  (Profesor funcionario / profesora funcionaria del ámbito del Derecho o la Ciencia Política):

Titular: Montserrat Pi Llorens

Suplente: vacante

Vocal (Profesor contractado / profesora contratada):

Titular: Aleix Barrera Corominas

Suplente: vacante

 

Vocal (Estudiante):

Titular: Aimara Ventoso Tubio

Suplente: Pau Hernández del Águila

 

Vocal (PAS):

Titular: Antonio Manrique Mata

Suplente: vacante

Informació complementària