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Universitat Autònoma de Barcelona
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Elecciones a rectora o rector

El rector o rectora es elegido o elegida mediante elección directa por sufragio universal ponderado por todos los miembros de la comunidad universitaria, según lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

De conformidad con el apartado 3 de la Disposición transitoria primera de esta misma Ley Orgánica, hasta que se produzca la adaptación de los Estatutos y se determinen los méritos de investigación, docencia y experiencia de gestión universitaria que deberán reunir los candidatos y las candidatas a rector o rectora, se les exigirá como mínimo estar en posesión de tres sexenios de investigación, tres quinquenios docentes y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal.

Dado que los nuevos Estatutos de la UAB fueron aprobados por el Claustro de la UAB en junio de 2024, y no entrarán en vigor hasta su publicación en el DOGC, la Junta Electoral General en fecha 21 de junio de 2024, trató la disposición adicional antes mencionada con el objetivo de concretar qué normativa debía ser de aplicación. Al respecto, la Junta acordó:

En caso de que NO sea de aplicación al procedimiento electoral los estatutos aprobados en la sesión del Claustro de 19 y 20 de junio de 2024, la Junta Electoral General aplicará el apartado 3º de la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y aplicará el siguiente pasaje:

`(...) se le exigirá (al candidato) como mínimo (...) cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal.

La interpretación que se hace de 'cargo unipersonal' es considerar que se refiere tanto a los cargos de dirección como a los cargos de gestión previstos en la 'Normativa en materia de cargos académicos de gestión y de dirección de la UAB' (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de marzo de 2014, modificado por los acuerdos de 12 de junio de 2014, de 19 de marzo de 2015, de 10 de marzo de 2016, de 5 de diciembre de 2018, de 4 de diciembre de 2019, de 30 de enero de 2020, de 28 de abril de 2021 y de 1 de diciembre de 2021).


Ponderación del voto por sectores

Por otra parte, el procedimiento aplicable a las elecciones a rector o rectora 2024 es el que se prevé en el Reglamento electoral de la UAB, y que de manera resumida es el siguiente:

A efectos de la elección de rector, la Universidad Autónoma de Barcelona constituye una circunscripción única. No obstante lo anterior, y de conformidad artículo 72.2 de los Estatutos el voto a candidatura válidamente emitido por cada uno de los sectores de la comunidad universitaria se pondera de la forma siguiente, según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Universidades:

  •  Sector A. Profesorado doctor con vinculación permanente a la Universidad: 51 %
  •  Sector B. Resto de personal académico y del personal investigador en formación: 9 %
  •  Sector C. Alumnado de grado y posgrado: 30 %
  •  Sector D. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios: 10 %


Proclamación de rector o rectora

Primera vuelta

La Junta Electoral General proclama rector o rectora al candidato o candidata que haya obtenido la mayoría absoluta de los votos ponderados, siguiendo el procedimiento que determinan los artículos 29 a 32 del Reglamento electoral.

Segunda vuelta

En el caso de que ninguna candidatura haya obtenido la mayoría absoluta de los votos ponderados, la Junta Electoral General debe articular los mecanismos pertinentes para proceder a una segunda votación entre los dos candidatos que hayan obtenido más votos ponderados.

En la segunda vuelta se proclama rector o rectora al candidato o candidata que obtenga la mayoría simple de votos, atendiendo a las mismas ponderaciones establecidas en el Reglamento electoral.

En el supuesto de una sola candidatura, únicamente se debe realizar la primera vuelta.


Reglamento electoral

La elección de rector o rectora está regulada por el Título II del Reglamento electoral.

También se puede consultar todo el texto del Reglamento electoral de la UAB.

 


Las elecciones a rector o rectora se realizan por el sistema de votación electrónica desde 2020.

Informació complementària