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Elecciones a rectora o rector
La rectora o rector es la máxima autoridad académica y de representación de la Universitat Autònoma de Barcelona, con un mandato de seis años improrrogables y no renovables.
Lo elige la comunidad universitaria mediante elección directa por sufragio universal, libre, secreto y ponderado por sectores, de acuerdo con lo que establecen la
Para poder optar al cargo de rectora o rector, es necesario formar parte del personal docente e investigador permanente doctor a tiempo completo de la Universitat Autònoma de Barcelona y cumplir conjuntamente todos los requisitos y méritos acreditativos establecidos por la normativa. Específicamente, la persona candidata debe acreditar haber obtenido como mínimo dos tramos de investigación (sexenios), dos tramos docentes evaluados (quinquenios) y un tramo de gestión universitaria.
Sistema de elección y votación
El voto es ponderado de acuerdo con los porcentajes correspondientes a cada sector de la comunidad universitaria en el Claustro. El procedimiento de elección se articula de la siguiente manera:
- Primera vuelta: Se proclama rectora o rector a la persona candidata que obtenga más de la mitad de los votos emitidos válidamente (mayoría absoluta) aplicando las correspondientes ponderaciones. Si hay una sola candidatura y esta no alcanza la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos en la primera vuelta, se deben convocar nuevas elecciones.
- Segunda vuelta: Si hay más de una candidatura y ninguna alcanza la mayoría absoluta en la primera vuelta, se efectúa una segunda votación a la que solo concurren las dos candidaturas más votadas. Se proclama rectora o rector a la persona candidata que obtenga la mayoría simple de votos ponderados.
Normativa aplicable
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) (artículo 51) Estatutos de la UAB 2025 (Título II, Capítulo III: Artículos 58 a 60) Reglamento Electoral de la UAB (Título II)
Las elecciones a rector o rectora se realizan por el sistema de votación electrónica desde 2020.
Informació complementària
Nuevos Estatutos UAB
El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) publicó el 13 de marzo los nuevos Estatutos de la UAB, que rigen la actividad de la Universidad y entraron en vigor el 14 de marzo de 2025.
La normativa referenciada en esta sede está en proceso de revisión y actualización como consecuencia de estos nuevos estatutos.
- Normativa d'elecció i de distribució de membres del Claustre que va aprovar el Consell de Govern de 25 de setembre de 2025
- Instrucció 1/2025 - Adaptació als Estatuts per a l'elecció a degana o degà, i directora o director d'escola
- Instrucció 2/2025 - Adaptació als Estatuts per a l'elecció de la representació dels sectors de la comunitat universitària en els consell de centre
- Instrucció 3/2025 - Adaptació als Estatuts per a l'elecció de la representació dels sectors de la comunitat universitària en els consell de departament
- Instrucció 4/2025 - Adaptació als Estatuts per a l'elecció de la representació dels sectors de la comunitat universitària en els consell d'institut de recerca propi
- Instrucció 5/2025, de la secretària general, sobre l'adaptació als Estatuts per a l'elecció de la representació dels sectors de la comunitat universitària en els consells de secció (anteriors consells d'unitat)